Ayuntamiento de Carmona
NORMAS PARA EL SERVICIO DE CONSULTAS A TRAVÉS DE LA PÁGINA WEB DEL
AYUNTAMIENTO DE CARMONA
El Servicio de Consultas a través de la página web del Excmo.
Ayuntamiento de Carmona tiene por objeto facilitar el acceso de los ciudadanos
a la información municipal de su interés, en un intento de mejora
contínua en la calidad de los servicios prestados.
Para ello se han distinguido grandes áreas cuya información,
según la experiencia acumulada hasta el momento, es la más demandada
por los ciudadanos.
A través de este Servicio, los ciudadanos podrán obtener:
- Información general sobre actos y eventos, recursos municipales, etc.
- Información administrativa general relativa a:
· identificación, fines, competencias, estructura, funcionamiento y localización
de organismos y unidades administrativas
· requisitos jurídicos o técnicos que las disposiciones impongan
a los proyectos, actuaciones o solicitudes que los ciudadanos se propongan realizar
· tramitación de procedimientos, servicios públicos y prestaciones
· cualquier otro dato que tengan la necesidad de conocer en su relación
con el Ayuntamiento.
La respuesta que se facilite a estas consultas no supondrá en ningún
caso una interpretación normativa (art. 37.10 de la Ley 30/1992, de 26
de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas
y Procedimiento Administrativo Común) ni tendrá consideración
jurídica o económica.
La información administrativa particular (estado o contenido de los
procedimientos que se estén tramitando; identificación de unidades
y personal bajo cuya responsabilidad se tramitan dichos procedimientos) sólo
podrá facilitarse a las personas que tengan la condición de interesado
en cada procedimiento o a sus representantes legales (art. 31 y 32 de la Ley
30/1992 datos de carácter personal)
La información sobre documentos que contengan datos de carácter
personal estará reservada a las personas a que se refieran, con las limitaciones
y en los términos establecidos por la Ley Orgánica 5/1992, de
29 de Octubre, de Regulación del Tratamiento Automatizado de los Datos
de Carácter Personal , y en el art. 37 de la Ley 30/1992.
Las consultas presentadas serán atendidas a la mayor
brevedad posible.
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