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I.B.I. - Impuesto de Bienes e Inmuebles Urbana

Hoja informativa

  • ¿QUE ES EL IMPUESTO DE BIENES INMUEBLES?

Es un tributo directo de carácter real, cuyo hecho imponible està constituido por la propiedad de los bienes inmuebles de naturaleza rùstica y urbana sitos en el respectivo termino municipal y que grava periòdicamente el valor catastral de estos.

  • ¿QUÉ ES LA GESTIÓN CATASTRAL?

La gestión, es la fase previa y afecta a la formación, conservación, renovación, revisión y demás funciones inherentes a los catastros inmobiliarios.

Los catastro inmobiliarios urbanos están constituidos por un conjunto de datos y descripciones, con expresión de superficies, solar, construidas, linderos y cualquier circunstancias físicas, económicas y jurídicas que den a conocer la propiedad, en sus diferentes aspectos.

  • ¿QUIÉN GESTIONA DICHO IMPUESTO?

La gestión de dicho tributo es competencia de la Gerencia Territorial de Catastro de Sevilla, pero debido a la colaboraciòn existente entre las dos administraciones (catastro – ayuntamiento) este ùltimo tramita las altas nuevas, ya sean obras nuevas, reformas o rehabilitaciòn.

Asì mismo el organismo encargado en los recibos de IBI. ya sean cambios de titularidad como de la recaudación recae sobre la OPAEF (Organismo Provincial Asistencia Económica Fiscal)

  • ¿QUÉ FUNCIONES REALIZA EL AYUNTAMIENTO?

  • Coordinación con las Gerencias Territoriales para los intercambios de documentación e información.

  • Mostrar la información planimètrica existente.

  • Recopilación de información y documentos asì como entrega de recursos y reclamaciones en las respectivas Gerencia Territorial.

  • Coordinación con el Area de Urbanismo de forma que las licencias de primera ocupación, se ultimen con los modelos ( 902, 902-S ) de declaración de altas por obra nueva, reformas o rehabilitación.

  • ¿QUÉ DOCUMENTOS SON NECESARIOS PARA DECLARAR EL ALTA DE UN BIEN INMUEBLE?

  • Fotocopia del NIF o 7 tarjetas de identificación fiscal del titular.

  • Fotocopia del último recibo del impuesto de bienes inmuebles.

  • Certificado final de obra.

  • Licencia de 1ª ocupación.

  • Modelos: 

    • 902: Obras nuevas, rehabilitaciones, y reformas.

    • 902-S:Segregaciones, divisiones horizontales.

  • Justificante del pago de las tasas modelo-750.

  • Fotocopia de escritura.

 

DIRECCIONES Y TELÉFONOS DE INTERÉS

Ayuntamiento de Carmona

C/ El Salvado, 2

Telefono:  954.14.00.11

Gerencia Territorial de Catastro de Sevilla

Avda. de la innovación, "EDIFICIO CONVENCION"

Teléfono:  954.25.93.00 / 954.25.92.00

OPAEF de Carmona

C/ Dominguez de la Haza, 5

Teléfono:  954.14.28.01

©Ayuntamiento de Carmona