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Publicación
Título
BASES DE LAS SUBVENCIONES A MUJERES Y EMPRESAS DE MUJERES PARA EL FOMENTO Y LA MEJORA EMPRESARIAL
Subtítulo
CONVOCATORIA 2010
Contenido
* Podrán tener la condición de beneficiarias las empresas de mujeres, que tengan abierta sede social, delegación o establecimiento de producción en Andalucía, y que no posean más de diez trabajadoras y su volumen de negocios anual no supere los dos millones de euros; así como las mujeres que estén en fase de iniciar una actividad autónoma o empresarial en Andalucía con estas características, cualquiera que sea su forma jurídica. También podrán tener la condición de beneficiarias las sociedades cooperativas que cumplan los mismos requisitos establecidos en el párrafo anterior con excepción del referido al número de trabajadoras, cuyo máximo será de cincuenta.
* Se considera empresa de mujeres, aquella participada por mujeres al menos en el 51% de su capital y cuya administración corresponda a una mujer.
Fecha
10/02/2010
Fecha fin
03/03/2010
Hora
DE 10:00 A 14:00
Tipo
AYUDAS Y SUBVENCIONES
Organiza
INSTITUTO ANDALUZ DE LA MUJER-CONSEJERÍA PARA LA IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL / FONDO EUROPEO DE DESARROLLO REGIONAL DE LA UNIÓN EUROPEA
Colabora
DELEGACIÓN PARA LA IGUALDAD DEL AYUNTAMIENTO DE CARMONA
Observaciones
* En el momento de la presentación de la solicitud no será necesario adjuntar ninguna otra documentación.
* Más información en el Centro Municipal de Información a la Mujer del Excmo. Ayuntamiento de Carmona sito en calle Fuente Viñas s/n, teléfono 954 19 16 28.

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