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Título
DESIGNACION CON CARACTER PERMANENTE DE MIEMBROS PARA LAS MESAS DE CONTRATACION A CELEBRAR EN ESTE EXCMO. AYUNTAMIENTO
Subtítulo
DESIGNACION CON CARACTER PERMANENTE DE MIEMBROS PARA LAS MESAS DE CONTRATACION A CELEBRAR EN ESTE EXCMO. AYUNTAMIENTO
Contenido
LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL de este Excmo. Ayuntamiento, en sesión ORDINARIA celebrada el día DIECISEIS DE JULIO DE DOS MIL CATORCE adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

PUNTO 6º.- PROPUESTA A LA JUNTA DE GOBIERNO LOCAL DE APROBACION, SI PROCEDE, DE DESIGNACIÓN CON CARÁCTER PERMANENTE DE MIEMBROS PARA LAS MESAS DE CONTRATACIÓN A CELEBRAR EN ESTE EXCMO. AYUNTAMIENTO DE CARMONA. Visto el informe emitido por el Secretario General Accidental, de fecha 15 de julio de 2014, del siguiente tenor literal:

“Considerando el artículo 320 del Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Públicos que dispone: “1. Salvo en el caso en que la competencia para contratar corresponda a una Junta de Contratación, en los procedimientos abiertos y restringidos y en los procedimientos negociados con publicidad a que se refiere el artículo 161.1, los órganos de contratación de las Administraciones Públicas estarán asistidos por una Mesa de contratación, que será el órgano competente para la valoración de las ofertas. En los procedimientos negociados en que no sea necesario publicar anuncios de licitación, la constitución de la Mesa será potestativa para el órgano de contratación.2. La Mesa estará constituida por un Presidente, los vocales que se determinen reglamentariamente, y un Secretario.3. Los miembros de la Mesa serán nombrados por el órgano de contratación. El Secretario deberá ser designado entre funcionarios o, en su defecto, otro tipo de personal dependiente del órgano de contratación, y entre los vocales deberán figurar necesariamente un funcionario de entre quienes tengan atribuido legal o reglamentariamente el asesoramiento jurídico del órgano de contratación y un interventor, o, a falta de éstos, una persona al servicio del órgano de contratación que tenga atribuidas las funciones correspondientes a su asesoramiento jurídico, y otra que tenga atribuidas las relativas a su control económico-presupuestario.”

Considerando el Real Decreto 817/2009, de 8 de mayo, por el que se desarrolla parcialmente la LCSP, concretamente en su artículo 21 dispone: “1. Los órganos de contratación de las administraciones públicas estarán asistidos en los procedimientos de adjudicación abierto, restringido y negociado con publicidad por una mesa de contratación que será competente para la valoración de las ofertas.2. Las mesas de contratación estarán compuestas por un Presidente, un Secretario y, al menos, cuatro vocales, todos ellos designados por el órgano de contratación. Entre los vocales deberá figurar obligatoriamente un funcionario de los que tengan encomendado el asesoramiento jurídico del órgano de contratación y un Interventor o, a falta de cualquiera de éstos, quien tenga atribuidas las funciones correspondientes al asesoramiento jurídico o al control económico-presupuestario del órgano.3. El Secretario deberá ser un funcionario que preste sus servicios en el órgano de contratación. Cuando no sea posible designar un funcionario, se hará la designación entre los de otro tipo de personal que dependan del órgano de contratación.4. La designación de los miembros de la mesa de contratación podrá hacerse con carácter permanente o de manera específica para la adjudicación de cada contrato.Su composición se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación correspondiente con una antelación mínima de siete días con respecto a la reunión que deba celebrar para la calificación de la documentación referida en el artículo 130.1 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre.Si es una mesa permanente, o se le atribuyen funciones para una pluralidad de contratos, su composición deberá publicarse además en el Boletín Oficial del Estado, en el de la Comunidad Autónoma o en el de la Provincia, según se trate de la Administración General del Estado, de la Autonómica o de la Local.5. A las reuniones de la mesa podrán incorporarse los funcionarios o asesores especializados que resulten necesarios, según la naturaleza de los asuntos a tratar, los cuales actuarán con voz pero sin voto.6. Todos los miembros de la mesa tendrán voz y voto, excepción hecha del secretario que sólo tendrá voz.7. Para la válida constitución de la mesa deberán estar presentes la mayoría absoluta de sus miembros, y, en todo caso, el Presidente, el Secretario y los dos vocales que tengan atribuidas las funciones correspondientes al asesoramiento jurídico y al control económico-presupuestario del órgano.8. Las disposiciones contenidas en los apartados anteriores serán aplicables, igualmente, a las mesas de contratación que se constituyan para intervenir en procedimientos de adjudicación en que no sea preceptiva su constitución.”

Vistas las propuestas del Área de Intervención, el Área de Secretaría y del Grupo Municipal Popular.

Siendo necesario, por tanto su aprobación y publicación en el Boletín Oficial de la provincia de Sevilla, se propone a la Junta de Gobierno Local:

1º.- Aprobar la designación con carácter permanente de los miembros de las Mesas de Contratación a celebrar en el Excmo. Ayuntamiento de Carmona, que estará compuesta de la siguiente manera:

Presidente: Titular: D. Juan Carlos Ramos Romo
Suplente: D.Manuel Alberto Sanromán Montero

Vocales: * un representante de cada grupo político con representación en la Corporación, de la siguiente manera:
*Vocal 1: Titular: D.Manuel Alberto Sanromán Montero
Suplentes: Dª María del Carmen García Fernández, Dña. Ángeles Iñiguez Belloso, Dña. Teresa Ávila Guisado.
*Vocal 2: Titular: Dña. Adriana Espinoza Fernández
Suplentes: D. César Manuel López Nieto, D. Miguel Rivas Cano y Dña. Encarnación Milla González.
*Vocal 3: Titular: D. Antonio Manuel Pinelo Gomez
Suplentes: Dña. María del Carmen González Ortiz, Dña. Ana María López Osuna, Dª Mª Ángeles Iglesias Rodríguez.
*Vocal 4: Titular: D. Eduardo Ramón Rodríguez Puerto.
* Vocal 5: Titular: Secretario General: D. José Antonio Bonilla Ruiz.
Suplente: D. Manuel García Tejada, por delegación del Secretario General.
* Vocal 6: Titular:Interventora: Dª María Cerdera Vargas.
Suplentes: Dª María Reyes Méndez Domínguez., por delegación de la Interventora.
Secretaria: Titular: Dña. Lorena Rosa Gutierrez Castillo
Suplente: Dña . Eva García Gallardo y Dña. Virtudes María Callejas Mallén.

En caso de no poder asistir el titular de cada puesto , podrá asistir cualquiera de los suplentes sin necesidad de nombramiento previo.

2º.- Todo ello sin perjuicio de que puedan incorporarse los funcionarios o asesores especializados que resulten necesarios, según la naturaleza de los asuntos a tratar, los cuales actuarán con voz pero sin voto.

3º.- Publicar en el Boletín Oficial de la provincia de Sevilla y en el Perfil de Contratante del órgano de contratación.”


Por todo ello, la Junta de Gobierno Local en votación ordinaria y por UNANIMIDAD de los señores capitulares asistentes acuerda:

1º.- Aprobar la designación con carácter permanente de los miembros de las Mesas de Contratación a celebrar en el Excmo. Ayuntamiento de Carmona, que estará compuesta de la siguiente manera:

Presidente: Titular: D. Juan Carlos Ramos Romo
Suplente: D.Manuel Alberto Sanromán Montero

Vocales: * un representante de cada grupo político con representación en la Corporación, de la siguiente manera:
*Vocal 1: Titular: D.Manuel Alberto Sanromán Montero
Suplentes: Dª María del Carmen García Fernández, Dña. Ángeles Iñiguez Belloso, Dña. Teresa Ávila Guisado.
*Vocal 2: Titular: Dña. Adriana Espinoza Fernández
Suplentes: D. César Manuel López Nieto, D. Miguel Rivas Cano y Dña. Encarnación Milla González.
*Vocal 3: Titular: D. Antonio Manuel Pinelo Gomez
Suplentes: Dña. María del Carmen González Ortiz, Dña. Ana María López Osuna, Dª Mª Ángeles Iglesias Rodríguez.
*Vocal 4: Titular: D. Eduardo Ramón Rodríguez Puerto.
* Vocal 5: Titular: Secretario General: D. José Antonio Bonilla Ruiz.
Suplente: D. Manuel García Tejada, por delegación del Secretario General.
* Vocal 6: Titular:Interventora: Dª María Cerdera Vargas.
Suplentes: Dª María Reyes Méndez Domínguez., por delegación de la Interventora.
Secretaria: Titular: Dña. Lorena Rosa Gutierrez Castillo
Suplente: Dña . Eva García Gallardo y Dña. Virtudes María Callejas Mallén.

En caso de no poder asistir el titular de cada puesto , podrá asistir cualquiera de los suplentes sin necesidad de nombramiento previo.

2º.- Todo ello sin perjuicio de que puedan incorporarse los funcionarios o asesores especializados que resulten necesarios, según la naturaleza de los asuntos a tratar, los cuales actuarán con voz pero sin voto.

3º.- Publicar en el Boletín Oficial de la provincia de Sevilla y en el Perfil de Contratante del órgano de contratación.

Fecha
16/07/2014
Tipo
CONTRATACIONES
Organiza
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